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Economía

Nueva derrota para Milei: Senado aprueba movilidad jubilatoria por mayoría abrumadora

El incremento será del 8,1 por ciento y adosa su actualización mensual al Índice de Precios al Consumir (IPC). La iniciativa ya tenía la media sanción de Diputados. El presidente Javier Milei aseguró que lo vetará, aunque las abrumadoras mayorías alcanzadas en ambas cámaras ponen en duda la eficacia del veto.

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El Senado de la Nación aprobó en general el proyecto que aumenta las jubilaciones en un 8,1 y pliega su actualización mensual al Índice de Precios al Consumir (IPC), que ya tuvo la media sanción de la Cámara de Diputados con dos tercios y por la cual el presidente Javier Milei afirmó que, de sancionarse, la vetará.

El inició de su discusión en el hemiciclo se demoró varios minutos porque, según pudo consignar la Agencia Noticias Argentinas, la senadora del PRO y presidenta de la Comisión de Previsión Social, Carmen Álvarez Rivero (Córdoba), se habría negado a ser la miembro informante del proyecto.

Por lo tanto, la presentación del proyecto, que cuenta solo con 13 artículos y que consiguió ser dictaminado por una mayoría construida por el kirchnerismo, radicales y un bloque federal, quedó en manos del senador Mariano Recalde (CABA), de Unión por la Patria, que comenzó su alocución pasadas las 12.30.

Además del aumento de 8,1 y el cambio en la fórmula de actualización, la iniciativa contempla que, en marzo de cada año, se aplicará un aumento del 50 por ciento de la variación de la de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) por sobre la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior.

A su vez, dispone que la ANSES "garantizará, para el caso de las personas que perciban un solo
beneficio, el pago de una prestación con un suplemento dinerario de carácter alimentario, de
forma tal que los ingresos totales no sean menores al último valor de la canasta básica total
por adulto multiplicado por 1,09".

También instruye a la institución a que cancele la totalidad de las deudas que mantiene con las provincias cuyos sistemas previsionales "no fueron transferidos al Estado nacional, como así también con los beneficiarios que cuenten con sentencia firme, dentro de los 6 meses de la promulgación de esta ley".

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