Corrientes
Valdés oficializó el arancelamiento de los hospitales correntinos
El gobernador reglamentó la ley mediante la cual los hospitales y centros de salud primaria cobrarán las prestaciones a obras sociales, prepagas y ART. La atención para personas sin cobertura y las urgencias médicas siguen siendo gratuitas.
El sistema de salud pública de la provincia de Corrientes comenzó a aplicar de forma plena el sistema de arancelamiento hospitalario. Tras la publicación en el Boletín Oficial del Decreto N.º 1470 el pasado 26 de junio -con fecha de firma del 23 de este mes-, quedó oficialmente reglamentada la normativa que faculta a los centros asistenciales dependientes del Estado a cobrar por los servicios médicos brindados a personas que cuenten con cobertura de salud privada o sindical.
La medida, que instrumenta la ley sancionada por la Legislatura correntina en noviembre de 2025, busca optimizar los recursos públicos. Según los fundamentos del decreto, el cobro de estas prestaciones tiene como objetivo directo el sostenimiento, mantenimiento y financiamiento de toda la estructura sanitaria de la provincia.
Alcance total y obligatoriedad
El nuevo régimen no solo afecta a los grandes hospitales de alta complejidad, sino que también abarca a los Centros de Atención Primaria de la Salud (CAPS) distribuidos en todos los municipios del territorio correntino.
A partir de ahora, aquellos pacientes que tengan obra social o medicina prepaga deberán presentar las credenciales de sus coberturas al momento de solicitar turnos o recibir atención médica. El procedimiento administrativo posterior permitirá al hospital facturar el costo de la consulta, estudio o intervención directamente a las prestadoras privadas o sindicales.
Asimismo, la reglamentación hace especial hincapié en los siniestros laborales. En caso de urgencias o personas lesionadas por accidentes de trabajo, las Aseguradoras de Riesgo de Trabajo (ART) estarán obligadas a pagar por la totalidad de la asistencia médica brindada en los efectores públicos provinciales.
Garantía para emergencias y personas sin cobertura
Desde la cartera de salud y el texto normativo se aclaró de manera taxativa que la implementación de este cobro no modificará la accesibilidad universal al sistema para los sectores más vulnerables.
Atención garantizada: Los pacientes que no posean ningún tipo de obra social, prepaga o ART continuarán recibiendo atención médica de forma totalmente normal y gratuita.
De igual manera, el decreto estipula que ninguna atención de emergencia o cirugía de urgencia será demorada ni condicionada por la situación de cobertura del paciente, priorizando la vida y la salud de los ciudadanos por encima del trámite administrativo de recupero de costos.
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